Impuestos de no residentes

Impuestos en Brasil para extranjeros residentes: cuándo empieza la residencia fiscal, la renta mundial, la tabla de 2026 y los convenios con España y Argentina

Publicado el 28 de octubre de 2026. También disponible en inglés.

En breve. Brasil grava al extranjero según su residencia fiscal, no según su nacionalidad. El no residente paga en Brasil solo por la renta de fuente brasileña, en general retenida en la fuente. El residente fiscal paga por su renta mundial: el sueldo, la jubilación o el alquiler que cobra fuera, en el carnê-leão mensual y en la declaración anual; las inversiones financieras en el exterior, aparte, al 15% (Ley 14.754/2023). Lo que ya pagó en su país se descuenta solo si hay convenio o reciprocidad — y España, Argentina, Chile, Uruguay, México, Perú, Ecuador y Venezuela tienen convenio en vigor con Brasil; con España, además, el convenio exime en Brasil los dividendos gravables en España, salvo los de una ETVE — aunque cómo se aplica cuando la renta cae en la ficha del 15% de la Ley 14.754 no está decidido.

Este artículo responde a las preguntas de quien se muda a Brasil desde España o desde el Cono Sur — cuándo paso a ser residente fiscal, si Brasil grava lo que cobro en mi país, cuál es la tabla del impuesto a la renta en 2026 y cómo evito pagar dos veces — con los textos oficiales tal como los leí el 28 de octubre de 2026: el Reglamento del Impuesto a la Renta (Decreto 9.580/2018), la Instrucción Normativa SRF 208/2002, las Leyes 7.713/1988, 9.250/1995, 11.482/2007, 14.754/2023, 15.191/2025 y 15.270/2025, las preguntas y respuestas de 2026 de la Receita Federal, y los convenios con España (Decreto 76.975/1976) y con Argentina (Decreto 87.976/1982, con el Protocolo promulgado por el Decreto 9.482/2018). Soy Luiz Barros, abogado brasileño (OAB/AL 7.530). Es el mapa general del extranjero residente; la jubilación tiene su propio artículo — la visa de jubilado y el impuesto de la jubilación —, y la residencia por nacionalidad, el suyo — la residencia en Brasil por el Mercosur.

Impuestos en Brasil para extranjeros residentes, en una respuesta

El extranjero pasa a ser residente fiscal en Brasil el día de la llegada si entra con visa permanente o con visa temporal para trabajar con vínculo empregatício; con cualquier otra visa temporal, el día en que completa 184 días en Brasil, consecutivos o no, dentro de un período de hasta doce meses — es decir, cuando supera los 183 días. Lo que cobró en el exterior antes de ese día no tributa en Brasil. Desde ese día, Brasil grava su renta mundial: el sueldo, la jubilación, el alquiler y rentas semejantes del exterior en el carnê-leão mensual y en la declaración anual, con la tabla progresiva (alícuota máxima del 27,5% y, desde enero de 2026, una reducción que deja en cero el impuesto sobre la renta mensual gravable de hasta R$ 5.000); los rendimientos de inversiones financieras en el exterior y, en los casos que la ley enumera, las ganancias de sociedades que usted controla, al 15% en la declaración anual (Ley 14.754/2023). El impuesto pagado en su país se descuenta del brasileño sobre la misma renta solo si un convenio lo prevé o si hay reciprocidad, y solo si allí no se lo devolvieron ni compensaron. Los ocho países de habla hispana con convenio en vigor son Argentina, Chile, Ecuador, España, México, Perú, Uruguay y Venezuela; el convenio con España exime en Brasil los dividendos que sean gravables en España — salvo los de una «Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros» (ETVE), según la Receita — y fija una deducción de los intereses calculada como si se hubiera pagado el 20%; cómo se aplican esas dos reglas cuando la renta cae en la ficha del 15% de la Ley 14.754 no está decidido.

Cada parte de esa respuesta tiene un dispositivo detrás, que las secciones siguientes citan. El orden es el orden en que miro el expediente de un nuevo residente: la fecha en que empieza la residencia; lo que esa fecha deja fuera; los tres caminos por los que Brasil grava la renta del exterior; la tabla; el descuento de lo pagado en su país; y lo que va en la primera declaración.

Impuestos en Brasil para el extranjero residente, de un vistazo (textos leídos el 28 de octubre de 2026)
PreguntaLa reglaDónde está
Cuándo empieza la residencia fiscalVisa permanente, o visa temporal para trabajar con vínculo empregatício: desde la llegada. Otras visas temporales: el día en que se completan 184 días en Brasil dentro de hasta doce meses.IN SRF 208/2002, art. 2, III; Reglamento del Impuesto a la Renta, arts. 16 y 17
Lo cobrado antes de ese díaLa renta del exterior anterior a la residencia no tributa en Brasil; la de fuente brasileña tributa como de no residente hasta ese día.Preguntas y respuestas de 2026, pregunta 137
Sueldo, jubilación, alquiler y rentas semejantes del exteriorCarnê-leão mensual, hasta el último día hábil del mes siguiente, y declaración anual, con la tabla progresiva.IN 208, art. 16; Ley 7.713/1988, art. 8; Reglamento, art. 118
Inversiones financieras y ciertas sociedades controladas en el exteriorFicha aparte en la declaración anual, 15%, sin deducciones.Ley 14.754/2023, arts. 2 a 5
Tabla de 2026Tabla mensual de 0% a 27,5%; desde enero de 2026, una reducción que deja el impuesto en cero hasta R$ 5.000 de renta mensual gravable y se agota en R$ 7.350.Ley 11.482/2007, art. 1, XII (redacción de la Ley 15.191/2025); Ley 9.250/1995, arts. 3-A y 11-A (Ley 15.270/2025)
Lo pagado en su paísSe descuenta solo con convenio o reciprocidad, si no fue devuelto ni compensado allí, hasta el impuesto brasileño sobre esa renta.Reglamento, art. 115; IN 208, art. 16, §§ 1 y 6; Ley 14.754/2023, art. 4
EspañaDescuento del impuesto español (art. 23, 1); dividendos gravables en España, exentos en Brasil (art. 23, 4), salvo los de una ETVE; intereses, deducción calculada al 20% (art. 23, 2). Su aplicación a la renta de la ficha del 15% de la Ley 14.754: no decidida.Convenio, Decreto 76.975/1976; Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002; Ley 14.754/2023, art. 4
ArgentinaDescuento del impuesto argentino, con el límite de la fracción del impuesto brasileño (art. XXIII, en la redacción del Protocolo de 2017).Decreto 87.976/1982; Decreto 9.482/2018

¿Cuándo se convierte un extranjero en residente fiscal en Brasil?

No cuando le dan la visa ni cuando saca el CPF ni cuando se registra en la Policía Federal. La residencia fiscal del extranjero que se muda a Brasil la decide el artículo 2 de la Instrucción Normativa SRF 208/2002, tema que el Reglamento del Impuesto a la Renta también trata, con su propia redacción, en sus artículos 16 y 17. El texto que importa para la mayoría es el inciso III:

III - que ingresse no Brasil:

a) com visto permanente, na data da chegada;

b) com visto temporário:

2. na data em que complete 184 dias, consecutivos ou não, de permanência no Brasil, dentro de um período de até doze meses;

III — que ingrese en Brasil: a) con visa permanente, en la fecha de la llegada; b) con visa temporal: […] 2. en la fecha en que complete 184 días, consecutivos o no, de permanencia en Brasil, dentro de un período de hasta doce meses.

El mismo inciso hace residente desde la llegada a quien entra con visa temporal para trabajar con vínculo empregatício — relación de empleo — (ítem 1), y desde esa fecha a quien obtiene la visa permanente o el vínculo empregatício antes de completar los 184 días (ítem 3). Tres consecuencias. El número es 184, no 183: con visa temporal, quien estuvo en Brasil hasta 183 días dentro de doce meses sigue siendo no residente (artículo 3, IV, «a»), y pasa a residente el día en que completa el 184. Los días no tienen que ser seguidos, y si pasan doce meses sin llegar a 184 días, se cuenta un nuevo período a partir del ingreso siguiente (artículo 2, párrafo único). Quien entra con la visa de nómada digital no está en el ítem 1 y espera el día 184 — lo explica el artículo sobre la visa de nómada digital. Y la fecha se prueba: sellos de entrada y salida, el contrato de trabajo, la fecha en que se concedió la residencia.

Si usted es argentino, uruguayo, chileno o de otro país alcanzado por el Acuerdo de Residencia del Mercosur, hay un punto que conviene tener presente: la regla de la Receita está escrita con el vocabulario de las visas — «permanente» y «temporal» —, y cómo encaja en ella una residencia obtenida por el Acuerdo no lo dice el texto y no se decide aquí. Lo que es esa residencia y cómo se pasa de temporal a permanente está en el artículo sobre la residencia en Brasil por el Mercosur; la laguna de vocabulario, en el artículo sobre la visa de inversionista y la residencia fiscal.

Antes del día uno: lo que Brasil no grava

La fecha importa porque Brasil no grava el pasado del nuevo residente. La Receita Federal lo dice en sus preguntas y respuestas de 2026, en la pregunta sobre el extranjero que transfiere su residencia a Brasil (pregunta 137):

II - os rendimentos recebidos do exterior antes de caracterizada a condição de residente no País não estão sujeitos à tributação no Brasil;

IV - enquanto não caracterizada a condição de residência para fins do imposto sobre a renda no Brasil, caso a pessoa física aufira rendimentos no País, esses valores são tributados como rendimentos auferidos por não residentes, conforme descrito na pergunta 129, até a data do implemento da condição de residente.

II — las rentas recibidas del exterior antes de caracterizada la condición de residente en el país no están sujetas a tributación en Brasil; IV — mientras no se caracterice la condición de residencia a efectos del impuesto a la renta en Brasil, si la persona física obtiene rentas en el país, esos valores tributan como rentas de no residentes, según la pregunta 129, hasta la fecha en que se cumple la condición de residente.

El año de la mudanza se parte en dos. Antes de la fecha: la jubilación, el sueldo o el alquiler que cobra en su país quedan fuera del impuesto brasileño, y lo que gana en Brasil tributa como renta de no residente — el régimen del artículo sobre la tributación de no residentes en Brasil. Desde la fecha: usted queda sujeto a las normas aplicables a los demás residentes (IN 208, artículo 6), y las deducciones de la declaración anual cuentan solo por los gastos hechos desde entonces (artículo 7). La fuente pagadora brasileña tiene que saberlo: por escrito, mientras usted es no residente (artículo 3, § 2), y de nuevo cuando pasa a residente (artículo 6, párrafo único).

¿Brasil grava la renta mundial del residente?

Sí — traiga usted el dinero a Brasil o no. El artículo 16 de la Instrucción 208 es la regla de la renta del exterior que no tiene régimen propio:

Art. 16. Os demais rendimentos recebidos de fontes situadas no exterior por residente no Brasil, transferidos ou não para o País, estão sujeitos à tributação sob a forma de recolhimento mensal obrigatório (carnê-leão), no mês do recebimento, e na Declaração de Ajuste Anual.

Artículo 16. Las demás rentas recibidas de fuentes situadas en el exterior por un residente en Brasil, transferidas o no al país, están sujetas a tributación en la forma del pago mensual obligatorio (carnê-leão), en el mes en que se reciben, y en la Declaración de Ajuste Anual.

Desde el 1 de enero de 2024, la renta del exterior de un residente va por tres caminos, que la pregunta 137 enumera para el extranjero que se muda: (a) la renta del capital aplicado en el exterior — inversiones financieras y dividendos de entidades controladas — en la declaración anual; (b) el carnê-leão, con la declaración anual; o (c) la ganancia de capital.

Los tres caminos de la renta del exterior del residente (preguntas 130 y 137 de la Receita Federal, 2026)
CaminoRenta típicaCómo tributaRegla
Carnê-leão + declaración anualSueldo del exterior, honorarios, jubilación que Brasil puede gravar, alquiler de un piso o departamento en su paísMes a mes, con la tabla progresiva, ajustado en la declaración anualIN 208, art. 16; Ley 7.713/1988, art. 8
Ficha aparte en la declaración anualIntereses, fondos y ganancias de inversiones financieras en el exterior; dividendos de sociedades extranjeras que usted no controla; ganancias de controladas en los casos del art. 515% sobre la renta del año, sin deduccionesLey 14.754/2023, arts. 2, 3 y 5
Ganancia de capitalVenta de otros bienes en el exterior que no son inversiones financieras — un inmueble, por ejemploTributación aparte y definitivaLey 14.754/2023, art. 2, § 2; Ley 8.981/1995, art. 21

El carnê-leão: la renta del exterior, mes a mes

El carnê-leão es el pago mensual que hace la persona física sobre la renta que no fue retenida en la fuente en Brasil — el caso de casi toda la renta del exterior, porque ningún pagador brasileño la retiene. La base legal es el artículo 8 de la Ley 7.713/1988, para quien recibe rentas de fontes situadas no exterior — de fuentes situadas en el exterior — no gravadas en la fuente en Brasil, repetido en el artículo 118 del Reglamento. Para el residente con renta del exterior, la Instrucción 208 fija la mecánica (artículo 16, § 5): el impuesto se calcula con la tabla progresiva mensual vigente en el mes en que se recibe la renta y se paga hasta el último día hábil del mes siguiente. Los importes en moneda extranjera se convierten primero a dólares y después a reales, por la cotización de compra del Banco Central del último día hábil de la primera quincena del mes anterior (artículo 16, § 2).

Los pagos mensuales se ajustan después en la declaración anual, donde la renta del exterior se suma al resto y se aplican las deducciones del año (artículo 16, §§ 9 a 15). El carnê-leão no es optativo ni reemplaza la declaración: es el anticipo de ella. Este artículo no recorre el sistema del carnê-leão de la Receita; cómo lo llevo en un expediente está en la última sección.

La tabla del impuesto a la renta en Brasil en 2026

La tabla progresiva mensual vigente desde mayo de 2025 es la del artículo 1, inciso XII, de la Ley 11.482/2007, en la redacción de la Ley 15.191/2025. Desde enero de 2026, la Ley 15.270/2025 agregó a la Ley 9.250/1995 una reducción encima de ella (artículo 3-A): hasta R$ 312,89 para la renta mensual gravable de hasta R$ 5.000, de modo que o imposto devido seja zero — de modo que el impuesto debido sea cero —, decreciente hasta desaparecer en R$ 7.350.

Tabla progresiva mensual (Ley 11.482/2007, art. 1, XII, redacción de la Ley 15.191/2025) y reducción de 2026 (Ley 9.250/1995, art. 3-A, agregado por la Ley 15.270/2025)
Base de cálculo mensual (R$)AlícuotaParcela a deducir (R$)
Hasta 2.428,800%0
De 2.428,81 a 2.826,657,5%182,16
De 2.826,66 a 3.751,0515%394,16
De 3.751,06 a 4.664,6822,5%675,49
Más de 4.664,6827,5%908,73
Reducción de 2026 (art. 3-A): renta gravable de hasta R$ 5.000,00 — reducción de hasta R$ 312,89, de modo que el impuesto debido sea cero; de R$ 5.000,01 a R$ 7.350,00 — reducción de R$ 978,62 menos 0,133145 × la renta gravable; más de R$ 7.350,00 — sin reducción.

En la declaración anual de 2026 (que se presenta en 2027), el artículo 11-A de la Ley 9.250/1995 da la reducción equivalente sobre el cálculo anual: hasta R$ 2.694,15 para la renta anual gravable de hasta R$ 60.000, de modo que el impuesto sea cero, decreciente hasta desaparecer en R$ 88.200. Circula en español una «tabla de 2026» con tramos anuales de R$ 60.000, R$ 120.000, R$ 240.000 y R$ 360.000 y alícuotas del 7,5% al 27,5%: esos tramos no están en la ley; lo que la ley de 2025 cambió para 2026 fue la reducción, no los tramos. Dos cautelas más. Cómo aplica la reducción mes a mes el sistema del carnê-leão de la Receita no se verificó para este artículo. Y desde 2026 quien tiene una renta total anual superior a R$ 600.000 queda sujeto a una tributación mínima, que llega al 10% en R$ 1.200.000 (artículo 16-A de la Ley 9.250/1995, agregado por la Ley 15.270/2025), con base y deducciones propias que este artículo no recorre.

Cuentas, inversiones y sociedades en su país: la Ley 14.754

La Ley 14.754/2023 cambió, desde el 1 de enero de 2024, cómo tributa el residente en Brasil el capital que mantiene fuera. La regla es su artículo 2: el residente declara, aparte en la declaración anual, los rendimientos del capital aplicado en el exterior en forma de inversiones financieras y de ganancias y dividendos de entidades controladas, gravados à alíquota de 15% (quinze por cento) sobre a parcela anual dos rendimentos, hipótese em que não será aplicada nenhuma dedução da base de cálculo — al 15% sobre la renta del año, sin ninguna deducción de la base (§ 1). Para quien se muda con un plazo fijo en Madrid, una cuenta de inversión en Buenos Aires o un fondo en Montevideo, ahí van esos rendimientos.

  • Una cuenta corriente sin intereses. La variación cambial de depósitos en cuenta corriente o en tarjeta de débito o crédito en el exterior no tributa, siempre que los depósitos no sean remunerados y estén en una institución financiera autorizada por la autoridad monetaria de su país (artículo 2, § 3).
  • Moneda extranjera en efectivo. La ganancia cambial no tributa hasta ventas equivalentes a US$ 5.000 en el año; si se superan, tributa entera (artículo 2, §§ 4 y 5).
  • Una sociedad que usted controla. Es controlada la sociedad en la que usted tiene, solo o con personas vinculadas, más del 50% o el poder de decidir (artículo 5, § 1). Sus ganancias tributan el 31 de diciembre de cada año, aunque no se distribuyan, solo si está en un país de tributación favorecida o en un régimen fiscal privilegiado, o si su renta activa propia es inferior al 60% de su renta total (artículo 5, § 5); fuera de esos casos, los dividendos tributan cuando se ponen a su disposición (pregunta 138).
  • Un inmueble y otros bienes. La ganancia en la venta de bienes en el exterior que no son inversiones financieras sigue las reglas de ganancia de capital del artículo 21 de la Ley 8.981/1995 (artículo 2, § 2).

El impuesto que pagó en su país: convenio, reciprocidad o nada

Brasil no descuenta el impuesto extranjero solo porque se pagó. El artículo 115 del Reglamento permite a quien declara rentas del exterior deducir el impuesto cobrado por el país de origen de esas rentas en dos casos:

I - em conformidade com o previsto em acordo ou convenção internacional firmado com o país de origem dos rendimentos, quando não houver sido restituído ou compensado naquele país; ou

II - haja reciprocidade de tratamento em relação aos rendimentos produzidos no País.

I — de conformidad con lo previsto en un acuerdo o convenio internacional firmado con el país de origen de las rentas, cuando no haya sido restituido o compensado en ese país; o II — haya reciprocidad de trato respecto de las rentas producidas en Brasil.

Para la renta del carnê-leão, la Instrucción 208 repite la condición — el impuesto extranjero puede reducir el impuesto debido en Brasil desde que não seja compensado ou restituído no exterior, siempre que no haya sido compensado ni restituido en el exterior (artículo 16, § 1) — y fija el límite: la diferencia entre el impuesto brasileño calculado con y sin la renta del exterior (artículo 16, § 6; Reglamento, artículo 115, § 1). Se usa en el carnê-leão del mes en que se paga el impuesto extranjero, se arrastra a los meses siguientes del mismo año y a la declaración anual (§ 8) y, si se paga en un año posterior, se usa en ese año (§ 7). Para las inversiones de la Ley 14.754 la regla es propia (artículo 4): se deduce del 15% de la declaración anual, con la misma condición de convenio o reciprocidad y el mismo límite, no se deduce si es reembolsable o compensable en el exterior y lo que no se usa en el año se pierde (§§ 3 y 4).

Eso deja tres situaciones. Con convenio, decide el convenio, incluso el método para evitar la doble imposición; en la lista de la Receita de 2026 (pregunta 136) están, de habla hispana, Argentina, Chile, Ecuador, España, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Sin convenio pero con reciprocidad, el descuento procede si el otro país descontaría el impuesto brasileño a sus residentes, y eso se prueba con la ley extranjera traducida por traductor público y autenticada por la representación diplomática brasileña, o con una declaración de esa representación (IN 208, artículo 1, § 2). Sin ninguna de las dos, la renta del exterior tributa entera en Brasil y el impuesto extranjero não podendo ser compensado — no puede compensarse (pregunta 132). Colombia, Paraguay y Bolivia no figuran en la lista de convenios en vigor de la pregunta 136. Qué convenios están en vigor y desde cuándo se aplica cada uno está en el artículo sobre los convenios de doble imposición de Brasil.

Si viene de España: lo que dice el convenio

El convenio entre Brasil y España, promulgado por el Decreto 76.975 de 1976, tiene para el residente en Brasil tres reglas que los resúmenes no traen. La general es el descuento: Brasil permite deducir del impuesto que cobra un importe igual al impuesto pagado en España, sin exceder la fracción del impuesto brasileño correspondiente a esas rentas (artículo 23, 1). Las otras dos son especiales:

2. Para a dedução mencionada no § 1º, o imposto sobre os juros e “royalties” será sempre considerado como tendo sido pago com as alíquotas de 20% e 25% respectivamente.

4. Quando um residente do Brasil receber dividendos que de acordo com as disposições da presente Convenção sejam tributáveis na Espanha, o Brasil isentará de imposto esses dividendos.

2. Para la deducción mencionada en el § 1, el impuesto sobre los intereses y los «royalties» se considerará siempre pagado a las alícuotas del 20% y del 25%, respectivamente. […] 4. Cuando un residente de Brasil reciba dividendos que, de acuerdo con las disposiciones del presente Convenio, sean gravables en España, Brasil eximirá de impuesto esos dividendos.

Leídas junto con los artículos 10 y 11 — que permiten a España gravar los dividendos y los intereses que salen de España, con un tope del 15% del importe bruto —, el texto del convenio dice que los dividendos de una sociedad española que cobra un residente en Brasil están exentos en Brasil y que, sobre los intereses de fuente española, el descuento en Brasil se calcula como si en España se hubiera pagado el 20%, dentro del límite de la fracción del impuesto brasileño — el § 2 remite al § 1, que vale para el residente de cualquiera de los dos Estados. La Receita Federal limitó la exención en un punto: según el Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002, los dividendos que un residente en Brasil recibe de una participación en una «Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros» (ETVE) sujeitam-se à incidência do imposto de renda — están sujetos al impuesto —, não se aplicando o disposto no parágrafo 4º do art. 23 — sin que se aplique el § 4 del artículo 23 — del convenio (artículo 1). Lo que no está decidido es su aplicación cuando la renta cae en la ficha del 15% de la Ley 14.754 — el caso típico, desde 2024, de los dividendos de una sociedad no controlada y de los intereses de una inversión en España —, cuyo artículo 4 permite deducir o imposto sobre a renda pago no país de origem dos rendimentos — el impuesto sobre la renta pagado en el país de origen de los rendimientos — y no admite trasladarlo a otro año. Dos soluciones de consulta ayudan a leer el cuadro sin decidirlo. En la Solución de Consulta Cosit 82/2019 (persona jurídica, regalías), la Receita escribió que el convenio assegura o aproveitamento, por contribuinte residente no Brasil, de um crédito fictício de imposto — asegura al residente en Brasil un crédito ficticio —, ainda que não haja qualquer imposto efetivamente pago naquele país — aunque no se haya pagado impuesto en España. En la Solución de Consulta Cosit 84/2026 (convenio con Uruguay, dividendos de personas físicas), escribió que la existencia del convenio y de sus artículos 10 o 7 não afastam a tributação automática dos lucros da investida — no apartan la tributación automática de los lucros de la investida — de la controlada del artículo 5 de la Ley 14.754 (§ 14), y que la tributación sigue esa ley com a dedução do imposto pago no exterior, na forma do artigo 25 da Convenção — con la deducción del impuesto pagado en el exterior, en la forma del artículo 25 del convenio (§ 21). Ninguna de las dos trata los dividendos españoles de una persona física en la ficha del 15%: ese cruce sigue sin decidir, y no se decide aquí: es el punto que reviso en cada caso.

Otras dos reglas del mismo convenio. El alquiler de un inmueble situado en España es gravable en España (artículo 6, 1), y Brasil, como país de residencia, lo grava también con el descuento del artículo 23, 1. Y las jubilaciones de la Seguridad Social española pagadas a un residente en Brasil só são tributáveis nesse último Estado — solo son gravables en Brasil (artículo 19, 4); la tabla completa de las jubilaciones por convenio está en el artículo sobre la visa de jubilado.

Si viene de Argentina: el convenio y el Protocolo de 2017

El convenio con Argentina, promulgado por el Decreto 87.976 de 1982, fue modificado por un Protocolo firmado en Mendoza el 21 de julio de 2017 y promulgado por el Decreto 9.482 de 2018, que dice que entró en vigor para Brasil, en el plano externo, el 29 de julio de 2018; sus disposiciones sobre los impuestos a la renta se aplican desde el 1 de enero del año siguiente. En la redacción del Protocolo, el artículo XXIII es el del descuento:

a) como dedução do imposto incidente sobre os rendimentos desse residente, um montante igual ao imposto sobre os rendimentos pago nesse outro Estado;

Todavia, tal dedução não excederá, em qualquer caso, a fração do imposto sobre a renda ou sobre o capital, calculado antes da dedução, correspondente aos rendimentos ou ao capital que puderem ser tributados nesse outro Estado.

a) como deducción del impuesto sobre las rentas de ese residente, un importe igual al impuesto sobre la renta pagado en ese otro Estado; […] Sin embargo, esa deducción no excederá, en ningún caso, la fracción del impuesto sobre la renta o sobre el capital, calculado antes de la deducción, correspondiente a las rentas o al capital que puedan gravarse en ese otro Estado.

El mismo Protocolo limitó lo que Argentina puede retener sobre los dividendos (10% para una sociedad con al menos el 25% del capital durante 365 días; 15% en los demás casos) y sobre los intereses (15%) que salen de Argentina hacia un residente en Brasil (artículos X, 2, y XI, 2). El alquiler de un inmueble en Argentina es gravable en Argentina (artículo VI, 1) y en Brasil con el descuento. Y la jubilación argentina tiene la regla opuesta a la española: As pensões pagas com fundos provenientes da Previdência Social de um Estado Contratante só são tributáveis nesse Estado. — las pagadas por la seguridad social de un Estado solo son gravables en ese Estado (artículo XIX, 4); es decir, la jubilación de la seguridad social argentina de quien vive en Brasil la grava Argentina, no Brasil. El detalle, con los demás convenios del Cono Sur, en el artículo sobre la visa de jubilado.

Doble residencia fiscal: cuando su país también lo considera residente

Mudarse a Brasil no termina por sí solo su residencia en el país que dejó, que aplica sus propias reglas. Si los dos países lo consideran residente, el convenio decide por su artículo de residencia, y en los convenios con España (artículo 4, 2) y con Argentina (artículo IV, 2) el orden es el mismo: el país donde usted tiene una vivienda permanente; si la tiene en los dos, aquel con el que sus relaciones personales y económicas son más estrechas (el centro de intereses vitales); después, el país donde vive habitualmente; después, la nacionalidad; y, al final, un acuerdo entre las dos autoridades. Sin convenio no hay desempate: cada país aplica su ley, y el solapamiento se resuelve, si se resuelve, por los descuentos que cada uno admite. Lo que dice la ley de su país sobre su residencia no lo analiza este artículo.

El primer año: lo que va en la declaración

La primera declaración del nuevo residente cubre el período que empieza en la fecha de la residencia (IN 208, artículos 6 y 7). En la declaración de bienes, la Instrucción pide más de lo que se espera: los bienes y derechos, no Brasil e no exterior — en Brasil y en el exterior —, que formaban su patrimonio y el de sus dependientes en la fecha en que se caracterizó la residencia (artículo 8). Quien nunca fue residente en Brasil declara los bienes del exterior por su valor de adquisición convertido según el artículo 8, § 1, II — para los adquiridos desde el 1 de enero de 2000, primero a dólares y después a reales por la cotización de venta del Banco Central de la fecha de adquisición (artículo 8, § 3). Los depósitos no remunerados y las deudas en el exterior se convierten por la cotización de compra del Banco Central de la fecha en que empezó la residencia (artículo 8, § 4). Es el paso más difícil de reconstruir después, porque el valor y la fecha de adquisición de lo que usted tiene se documentan una vez, desde el principio.

Errores comunes

1. Contar 183 días como el día del cambio. Con visa temporal, con 183 días todavía se es no residente; la residencia empieza el día en que se completa el 184, dentro de hasta doce meses (IN 208, artículos 2, III, «b», 2, y 3, IV, «a»).

2. Creer que lo que queda en su país no tributa. El artículo 16 dice «transferidas o no»: la renta del exterior del residente tributa aunque no entre en Brasil.

3. Usar la tabla progresiva para las inversiones del exterior. Intereses, fondos y ganancias de inversiones financieras en el exterior van a la ficha del 15% de la Ley 14.754 (artículo 2, § 1), no al carnê-leão.

4. Copiar una «tabla de 2026» con tramos anuales nuevos. Los tramos no cambiaron en 2026; cambió la reducción de los artículos 3-A y 11-A de la Ley 9.250/1995.

5. Descontar en Brasil lo que su país le devolvió. El impuesto restituido o compensado en el exterior no se descuenta (Reglamento, artículo 115, I; IN 208, artículo 16, § 1; Ley 14.754, artículo 4, § 3).

6. Dar por exento cualquier dividendo español. La exención del artículo 23, 4, del convenio no alcanza, para la Receita, a los dividendos de una ETVE (Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002, artículo 1), y su aplicación en la ficha del 15% de la Ley 14.754 no está decidida.

7. Tratar todas las jubilaciones igual. La de la Seguridad Social española de un residente en Brasil la grava solo Brasil (convenio con España, artículo 19, 4); la de la seguridad social argentina, solo Argentina (convenio con Argentina, artículo XIX, 4).

8. Olvidar los bienes del exterior en la primera declaración. La declaración de bienes en la fecha de la residencia incluye los del exterior (IN 208, artículo 8).

Cómo llevo su caso

Empiezo por la fecha: las entradas y salidas de su pasaporte, la visa o la residencia y cuándo se concedió, y el vínculo de empleo que vino con la visa, si lo hay — porque esa fecha decide qué renta suya puede alcanzar Brasil. Después ordeno lo que usted tiene y cobra fuera en los tres caminos, miro el convenio de su país artículo por artículo (para la jubilación, el alquiler, los dividendos y los intereses) y las reglas de residencia del país que dejó. Con eso decidimos juntos cómo se preparan el carnê-leão, la ficha de las inversiones y la primera declaración de bienes, y qué documentos conviene reunir ahora. La comunicación escrita con el despacho es en español; las reuniones se realizan en portugués. En ninguna parte de este artículo se hace ni se insinúa una promesa de resultado.

Los tres hechos que ordenan los impuestos del extranjero residente en Brasil

  • La residencia fiscal empieza en la llegada con visa permanente o con visa temporal para trabajar con vínculo empregatício, y si no, el día en que se completan 184 días en Brasil dentro de hasta doce meses; la renta del exterior recibida antes de ese día no tributa en Brasil. IN SRF 208/2002, artículos 2 y 3; Reglamento del Impuesto a la Renta, artículos 16 y 17; pregunta 137.
  • El residente tributa por su renta mundial, transferida o no: en el carnê-leão y la declaración anual con la tabla progresiva (máximo 27,5%, cero hasta R$ 5.000 al mes desde 2026), o al 15% en la declaración anual por las inversiones financieras y ciertas sociedades controladas en el exterior. IN 208, artículo 16; Ley 7.713/1988, artículo 8; Ley 11.482/2007, artículo 1, XII; Ley 9.250/1995, artículos 3-A y 11-A; Ley 14.754/2023, artículos 2, 3 y 5.
  • El impuesto extranjero se descuenta solo con convenio o reciprocidad, si no fue devuelto ni compensado fuera, y hasta el impuesto brasileño sobre esa renta; el convenio con España, además, exime en Brasil los dividendos gravables en España — salvo los de una ETVE — y calcula al 20% el descuento sobre los intereses, aunque su aplicación a la renta de la ficha del 15% de la Ley 14.754 no está decidida, y el de Argentina descuenta con el límite de la fracción del impuesto brasileño. Reglamento, artículo 115; IN 208, artículo 16, §§ 1 y 6; Ley 14.754/2023, artículo 4; Decreto 76.975/1976, artículo 23; Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002; Decreto 9.482/2018 (artículo XXIII).

Carvalho Barros Advocacia Internacional atiende expedientes de extranjeros con vínculos con Brasil y de brasileños en el exterior, con asesoría tributaria brasileña para extranjeros que recorre la secuencia de este artículo, desde la fecha de la residencia hasta la primera declaración.

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos paga un extranjero que vive en Brasil?

Depende de su residencia fiscal, no de su nacionalidad. El extranjero que se convierte en residente fiscal paga impuesto a la renta en Brasil por su renta mundial, transferida o no: el sueldo, la jubilación que Brasil puede gravar y el alquiler del exterior en el carnê-leão mensual y en la declaración anual, con la tabla progresiva; los rendimientos de inversiones financieras en el exterior, al 15% en la declaración anual (Instrucción Normativa SRF 208/2002, artículo 16; Ley 14.754/2023, artículo 2). Mientras no es residente, paga solo por la renta de fuente brasileña, en general retenida en la fuente.

¿Cuándo se convierte un extranjero en residente fiscal en Brasil?

Según el artículo 2, III, de la Instrucción Normativa SRF 208/2002: en la fecha de la llegada, si entra con visa permanente o con visa temporal para trabajar con vínculo empregatício; con las demás visas temporales, en la fecha en que completa 184 días de permanencia en Brasil, consecutivos o no, dentro de un período de hasta doce meses, o antes, si en ese plazo obtiene la visa permanente o el vínculo empregatício. Hasta 183 días sigue siendo no residente (artículo 3, IV, «a»). Cómo encaja en esas categorías la residencia del Mercosur no lo dice el texto.

¿Son 183 o 184 días?

Los dos números están en la norma. Con visa temporal, quien estuvo en Brasil hasta 183 días dentro de doce meses sigue siendo no residente (Instrucción Normativa SRF 208/2002, artículo 3, IV, «a»), y pasa a residente en la fecha en que completa el día 184 (artículo 2, III, «b», 2): es decir, cuando supera los 183 días. Los días no tienen que ser seguidos, y si pasan doce meses sin llegar a 184, se cuenta un nuevo período desde el ingreso siguiente (artículo 2, párrafo único).

¿Cuánto es el impuesto a la renta en Brasil en 2026?

La tabla progresiva mensual vigente desde mayo de 2025 va del 0% (base mensual de hasta R$ 2.428,80) al 7,5%, 15% y 22,5%, y llega al 27,5% por encima de R$ 4.664,68 (Ley 11.482/2007, artículo 1, XII, en la redacción de la Ley 15.191/2025). Desde enero de 2026, una reducción deja el impuesto en cero para la renta mensual gravable de hasta R$ 5.000 y se agota en R$ 7.350 (Ley 9.250/1995, artículo 3-A); en la declaración anual de 2026, la reducción equivalente deja el impuesto en cero hasta R$ 60.000 y se agota en R$ 88.200 (artículo 11-A). Los tramos no cambiaron en 2026. Las inversiones financieras del exterior tributan aparte, al 15%.

Si pago impuestos en mi país, ¿los descuento en Brasil?

Solo con convenio o con reciprocidad, y solo si su país no se los devolvió ni compensó (Reglamento del Impuesto a la Renta, artículo 115), con un límite: la diferencia entre el impuesto brasileño calculado con y sin esa renta (Instrucción Normativa SRF 208/2002, artículo 16, § 6). Argentina, Chile, Ecuador, España, México, Perú, Uruguay y Venezuela tienen convenio en vigor con Brasil (pregunta 136). Sin convenio, hay que probar la reciprocidad con la ley extranjera traducida y autenticada por la representación diplomática brasileña (artículo 1, § 2); sin esa prueba, no hay descuento (pregunta 132).

¿Pago impuestos en Brasil por mis dividendos de España? ¿Qué dice el convenio entre Brasil y España?

Para el residente en Brasil, Brasil descuenta el impuesto pagado en España, sin exceder la fracción del impuesto brasileño correspondiente a esas rentas (Decreto 76.975/1976, artículo 23, 1); exime de impuesto los dividendos que sean gravables en España (artículo 23, 4), salvo, según el Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002, los de una «Entidad de Tenencia de Valores Extranjeros» (ETVE); y, para esa deducción, considera el impuesto sobre los intereses siempre pagado al 20% (artículo 23, 2). La jubilación de la Seguridad Social española pagada a un residente en Brasil solo es gravable en Brasil (artículo 19, 4). La Receita aplicó el crédito presumido del § 2 a una persona jurídica residente en Brasil sin impuesto pagado en España en la Solución de Consulta Cosit 82/2019 (persona jurídica, regalías) y, en la Solución de Consulta Cosit 84/2026 (convenio con Uruguay, persona física), dijo que el convenio no aparta la tributación de la controlada del artículo 5 de la Ley 14.754. Cómo se aplican la exención y la deducción cuando la renta cae en la ficha del 15% de la Ley 14.754 (cuyo artículo 4 habla de impuesto «pago») no está decidido.

Si cobro mi jubilación argentina viviendo en Brasil, ¿quién la grava?

El convenio entre Brasil y Argentina dice que las pensiones pagadas con fondos de la seguridad social de un Estado solo son gravables en ese Estado (Decreto 87.976/1982, artículo XIX, 4): la jubilación de la seguridad social argentina de quien vive en Brasil la grava Argentina, no Brasil. Las demás jubilaciones y la tabla de los convenios con los países de habla hispana están en el artículo del despacho sobre la visa de jubilado.

¿Qué es la doble residencia fiscal y quién decide entre Brasil y España (o Argentina)?

Es la situación en que los dos países lo consideran residente según sus leyes. Con convenio, decide el artículo de residencia (con España, el artículo 4, 2; con Argentina, el artículo IV, 2), empezando por la vivienda permanente. Sin convenio no hay desempate. El orden completo y los certificados de residencia, para España, en el artículo «doble residencia fiscal entre España y Brasil».

¿Qué es el carnê-leão?

Es el pago mensual obligatorio del impuesto a la renta sobre la renta que no fue retenida en la fuente en Brasil — incluida la de fuentes del exterior — que hace la persona física residente (Ley 7.713/1988, artículo 8; Reglamento, artículo 118). Para la renta del exterior, se calcula con la tabla progresiva mensual del mes en que se recibe y se paga hasta el último día hábil del mes siguiente, y después se ajusta en la declaración anual (Instrucción Normativa SRF 208/2002, artículo 16, § 5).

¿Tengo que declarar en Brasil mis cuentas y bienes del exterior?

Sí. La declaración del nuevo residente incluye los bienes y derechos en Brasil y en el exterior que formaban su patrimonio en la fecha en que empezó la residencia (Instrucción Normativa SRF 208/2002, artículo 8), declarados por su valor de adquisición convertido a reales (artículo 8, § 1, II, y § 3). La variación cambial de una cuenta corriente sin intereses en el exterior no tributa (Ley 14.754/2023, artículo 2, § 3); los intereses y las ganancias de inversiones financieras en el exterior tributan al 15% (artículo 2, § 1).

Luiz Alberto de Carvalho Barros Filho

Sobre el autor

Luiz Alberto de Carvalho Barros Filho

Abogado — Colegio de Abogados de Brasil (OAB/AL 7.530)

Abogado brasileño dedicado al derecho internacional privado y a la tributación transfronteriza. Autor publicado en el International Law Deskbook 2.0 (The Florida Bar) y colaborador del International Law Quarterly, también de The Florida Bar.

Más sobre el despacho

Nota legal. Este artículo es informativo, no reemplaza la asesoría jurídica individual y no promete ningún resultado (Provimento OAB n.º 205/2021). Las fuentes en que se apoya se leyeron el 28 de octubre de 2026: en el portal de legislación de la Presidencia, el Reglamento del Impuesto a la Renta, Decreto 9.580/2018 (artículos 16, 17, 115 y 118), las Leyes 7.713/1988 (artículo 8), 9.250/1995 (artículos 3-A, 11-A y 16-A, en la redacción de la Ley 15.270/2025), 11.482/2007 (artículo 1, XII, en la redacción de la Ley 15.191/2025) y 14.754/2023 (artículos 2, 3, 4 y 5), el convenio con España, Decreto 76.975/1976 (artículos 4, 6, 10, 11, 19 y 23), y el convenio con Argentina, Decreto 87.976/1982, con el Protocolo promulgado por el Decreto 9.482/2018 (artículos IV, VI, X, XI, XIX y XXIII); en el sistema de normas de la Receita Federal, la Instrucción Normativa SRF 208/2002 (artículos 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 16), en el texto consolidado oficial de la Receita Federal; el Acto Declaratorio Interpretativo SRF 6/2002, las Soluciones de Consulta Cosit 82/2019 y 84/2026 y las preguntas y respuestas del IRPF 2026 de la Receita Federal (versión 1.00 del 23 de abril de 2026, preguntas 130, 132, 136, 137 y 138). Los pasajes en portugués se reproducen de los textos oficiales brasileños; el español que los acompaña es traducción de trabajo del autor, y solo el portugués es auténtico. Límites declarados: (i) cómo aplica la Receita la exención del artículo 23, 4, y la deducción del artículo 23, 2, del convenio con España a la renta de la Ley 14.754 no se verificó y no se decide aquí; (ii) la combinación de esos dos apartados con los artículos 10 y 11 es del autor; (iii) cómo aplica el sistema del carnê-leão la reducción del artículo 3-A de la Ley 9.250/1995 no se verificó; (iv) cómo encaja una residencia del Mercosur en el vocabulario de visas de la Instrucción 208 no se decide aquí; (v) la ley española, argentina o de cualquier otro país sobre la residencia fiscal no se analiza; (vi) de los demás convenios con países de habla hispana no se leyó ningún artículo para este texto; (vii) la tributación mínima del artículo 16-A se menciona, no se analiza. Para revisar su caso concreto, contacte al abogado Luiz Barros — OAB/AL 7.530.


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